En aquel encuentro se escuchó en parte de la grada el cántico "musulmán el que no bote es", lo que le valió una sanción por parte de la Federación Internacional de 20.000 euros y, lo más grave, una reducción de un mínimo del 15 % del aforo del estadio en el que dispute su próximo amistoso.
La RFEF recurrió este castigo ante el Comité de Apelación de la FIFA, argumentando, entre otras cosas, que llamar musulmán a alguien no es un insulto, y que esa expresión de "el que no bote es" se utiliza en los estadios de fútbol españoles para expresar su no pertenencia o gusto por el otro rival, pero ha sido desestimado.
La opción que ahora tiene la Federación Española para conseguir la nulidad de la sanción o, en su defecto, una reducción de la misma, es acudir al Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS).
En caso de que no prospere su próximo recurso, habría una alternativa para no tener que reducir el aforo. Tendría que estar dedicado ese lugar del estadio a colectivos especiales que deberían estar identificados y portar distintivos con lemas, pancartas o muestra de otra índole contra la discriminación y favorecedoras de la integración social.
